
Destino libre inversión o sin destinación específica.
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Para restablecer los daños ocasionados en su vivienda por causa de fenómenos naturales o por terceros; en el marco conocido dentro del sector seguros como AMIT y en el evento de hurto (a consideración de la junta).

Se refiere a los casos de financiación para cubrir tratamientos médicos u odontológicos del afiliado y su grupo familiar (casados: cónyuge, padres e hijos con dependencia económica, solteros: padres y hermanos menores de 18 años).
Hacen parte de este evento los gastos de maternidad, tratamientos de ortodoncia, fertilidad y corrección visual, cirugías maxilofaciales, prótesis, lentes de contacto y anteojos, entre otros. Se excluyen específicamente los casos de financiación para cirugías estéticas.

Se refiere a los casos de financiación para cubrir gastos de educación a todo nivel del afiliado, su cónyuge e hijos con dependencia económica en instituciones aprobadas por ICFES y el Ministerio de Educación.
Incluye los gastos para educación preescolar, primaria, secundaria, universitaria, postgrados, cursos de extensión e idiomas, entre otros.

Se refiere a los casos en los que no se tiene una destinación específica o los que corresponden a eventos de libre inversión.
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Para cubrir los pagos o las necesidades de financiación que tengan referencia al portafolio de convenios del Fondo.
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Y específicamente los productos y/o servicios incluidos las diferentes unidades de seguros, salud, recreación, turismo, entre otros.

Para atender gastos de Financiación sin destinación específica a corto plazo. La aplicación de esta modalidad de crédito depende de las condiciones de tesorerÃa del Fondo.

Se refiere a los casos en lo que se tiene como destinación específica el pago de manera parcial o total de las obligaciones contraídas con cualquier otra entidad financiera o del sector solidario.